martes, 8 de abril de 2014

La UE invalida la Directiva que obligaba a los ISP a guardar los datos durante dos años


Bandera de Europa



En 2006, la Unión Europea dio luz verde a la Directiva sobre la conservación de datos, en la que se obligaba a los proveedores de Internet y de sus servicios a almacenar los datos de sus usuarios durante un período mínimo de seis meses y un máximo de dos años. Hoy, varios años después, el Tribunal de Justicia de la UE acaba de declarar inválida esta normativa al considerar que incumple “los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal”.


Esta noticia llega semanas después de que el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea recomendara su suspensión tras dos procedimientos legales comenzados contra ella por Digital Rights Ireland Ltd en Irlanda y un grupo de ciudadanos de Austria. Si bien el informe del abogado no es vinculante, sí nos daba a entender que la Directiva 2006/24/CE podría tener los días contados, como ha terminado siendo.


Objetivo: conservación de datos


Como su propio nombre indica, la Directiva sobre la conservación de datos tenía como misión el que los proveedores (tanto de Internet como de servicios) almacenaran durante seis meses como mínimo los metadatos de sus clientes. Aquí tenemos un detalle importante: no se podía guardar los contenidos de las comunicaciones, pero sí datos como la localización o de tráfico que permitan identificar al usuario.


¿Pueden estos metadatos proporcionar información privada sobre la vida de una persona? Un experimento del que nos hacíamos eco por aquí demostraba que sí y el Tribunal de Justicia también opina igual: “al imponer la conservación de estos datos y al permitir el acceso a las autoridades nacionales competentes, la Directiva se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal”.


Además, el Tribunal se ha mostrado muy crítico con que no se avise al usuario de la conservación y el uso posterior de sus datos, asegura que no cumple el principio de la proporcionalidad y se lamenta de que sea una medida generalizada que se aplica a todas las personas, sin límites de ningún tipo. También señala que no existe ningún criterio que controle el acceso de las autoridades nacionales a dicha información y avisa que los proveedores no están obligados a mantener estos datos en territorio de la Unión Europea, por lo que no puede garantizar su protección. Por todo ello, han decidido declarar la invalidez de la Directiva.


Consecuencias inmediatas


¿Qué significa esto para los usuarios? Aunque todavía no hemos podido leer la sentencia completa, Bufet Almeida lo aclara en su cuenta de Twitter: “Efecto dominó: si la justicia europea anula la directiva de retención de datos, cientos de procesos judiciales pueden anularse. La Ley 25/2007, la LSSI, y cualquier norma española que obligue a retener datos pueden contaminarse como los frutos de un árbol envenenado. Si la policía localizó una IP en virtud de normas de retención de datos anuladas, todo el proceso judicial puede estar viciado de nulidad.


Y esto puede tener un impacto importante en las actuales y futuras Leyes de Propiedad Intelectual: “La Comisión Sinde ya no podrá pedir datos de comunicaciones. Toda ley que lo pretenda será anulable.”. David Maeztu, abogado, coincide y resalta la importancia de esta decisión: “Supongo que para ajenos al mundo jurídico es difícil ver la trascendencia de la sentencia, pero para delitos en internet es un GRAN IMPACTO. Habrá que esperar a la sentencia completa, que todavía no han publicado, para sacar más conclusiones, pero sin duda lo que ha hecho hoy el Tribunal de Justicia de la UE puede suponer un gran cambio en todo lo relacionado con procesos legales o investigaciones que tengan alguna relación con Internet.


Enlace | Sentencia

Imagen | Europa.eu

En Genbeta | La Directiva sobre la conservación de datos de la UE puede ser anulada




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